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Todas las empresas disponen de un Crédito Anual para la formación
de los trabajadores, que puede hacerse efectivo mediante
Bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social (Se
deduce el importe de la formación directamente del
importe a pagar a la S.S. en el mes de la finalización
del curso).
Este sistema pretende facilitar,
especialmente a las pequeñas y medianas empresas, el desarrollo
de programas de formación para sus trabajadores según lo
establecido en el REAL DECRETO 395/2007, de 23 de marzo,
por el que se regula el subsistema de formación
profesional para el empleo. (MINISTERIO DE TRABAJO Y
ASUNTOS SOCIALES).
¿Quien puede bonificarse? Pueden beneficiarse todas las
empresas que tengan centros de trabajo en el territorio
del Estado español, cualquiera que sea su tamaño o
ubicación y con trabajadores que coticen por la
contingencia de Formación Profesional a la Seguridad
Social (inscritos en el Regimen General de S.S.).
Los cursos son totalmente gratuitos para los
trabajadores. Las empresas se bonifican el importe del
curso, total o parcialmente con cargo a la Seguridad
Social a través de los boletines de cotización (TC1 y
TC2) del mes en el que ha finalizado el curso.
Para el trabajador autónomo, el curso puede ser gratuíto
(consúltenos las condiciones)
INFOCENTRO C.E.I., S.L. como Entidad Organizadora Nº
Expte: B07379696AC a nivel nacional se ancargará de
tramitar y custodiar toda la documentación necesaria
para que la empresa se bonifique los costes de la
formación de sus trabajadores.

INFOCENTRO pertenece a
la Red de Puntos de Información
de CECAP
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